CITA DEL DIA

lunes, 4 de abril de 2011

2. LUIS DALMAU ALBERT

Muerto a los 73 años en su celda de la cárcel de San Joan de Vilatorrada.

Rafael del Barco Carreras

Barcelona 4-04-2011. La indignación que me produjo leer la esquela en La Vanguardia, puesta por sus compañeros de prisión, que me envió un amigo y comentada el 29-03…

Luis Dalmau Albert

Falleció el día 23, en el Centro Penitenciario de Lledoners, Sant Joan de Vilatorrada, Barcelona, un anciano de 73 años, en su celda como un juguete roto y abandonado. Tenía diabetes, 4bypass y enfermo de Alzheimer. Llevaba preso año y medio por un delito fiscal de hace 16 años. Su mayor delito: ser pobre, indefenso, buena persona y una dignidad fuera de lo común. Descansa en paz Luis Dalmau Albert, siempre estará en nuestro recuerdo como la persona que nos enseñó a llevar el sufrimiento con serenidad y alegría, aunque hoy, todos lloremos por haber perdido al "abuelo". Tus compañeros del centro, los familiares de éstos y tu amiga.

… no es menor que la que me produce algún comentario y el cinismo de la Generalitat.

Si la mayoría de los muchos comentarios han sido de respeto, se lee el de algún corrupto, o de espíritu corrompido, con el consabido “algo haría”, o que debía haber robado mucho a Hacienda, pues así lo indicaban seis años de condena. Y no contento añadía el extendido e interesado tópico oficialista que los 16 años transcurridos podían ser culpa suya a base de continuos recursos.

Tan corrupto como la Dirección General de Instituciones Penitenciarias de la Generalitat que contesta a La Vanguardia que a Luis se le había atendido adecuadamente y que la evaluación para su excarcelación por más de 70 años ya se había iniciado y llevaba su curso… diferente a varios que conozco, y he vivido en la propia cárcel, que a la semana, o máximo dos meses, están en la calle con un tercer grado.

En cuanto al desalmado oficialista condenando de nuevo al fallecido Luis atribuyéndole un gran robo a Hacienda por los años a que le condenaron, no incidiré de nuevo suponiendo que podía ser una víctima más de aquella corrupta Hacienda de los 90, juzgada ahora y aun pendiente de sentencia. Ampliando mi suposición por lo poco leído de su desconocido proceso profesional y penal, me atrevería a afirmar que el “dinero en efectivo” en sus manos y cuentas, la “apropiación” y el dolo, nunca existieron.

Fue accidental administrador de unas quebradas empresas que bien pudieron perder o ni siquiera cobrar lo facturado por IVA, rellenado nóminas con cuota patronal y obrera de Seguridad Social, e incluso contabilizado beneficios… y demostrado en muchos casos que el dinero solo existió en los “papeles”, o hasta mal administrado por otros, que añadido al descontrol de todo desastre empresarial se convierte en manos de los técnicos de Hacienda en deuda real, con delito al sobrepasar los 15 millones de pesetas. Tras esta reflexión que no debería venir a cuento ante la muerte de Luis, me niego a investigar, como pretenden, justificando lo injustificable; su muerte.

En cuanto a la demora de 16 años, también por experiencia afirmo, que vistas las finanzas de Luis, se trata de los consabidos fardos pasando de mano en mano hasta que arrollan al desgraciado insolvente. Esas demoras y recursos, tan del gusto de corruptos abogados (que su mujer afirma existieron) al alimón con los corruptos del Sistema (que en mi caso simplemente denegaron la admisión a trámite) se convierten en una de las más terribles rémoras y corrupciones del Sistema Español.

Resumiendo; Luis, culpable o inocente, es una víctima más… de la Burocracia Española que los crea a miles.

EL CONFIDENCIAL
Sociedad | @A. Fernández.- 02/04/2011 (06:00h)
Lluís Dalmau Albert, de 73 años, falleció esta semana en la prisión de Lledoners (Barcelona). Condenado por delito fiscal en 1994, Dalmau había ingresado en la cárcel en septiembre del 2009 para cumplir tres condenas de dos años y tres meses cada una, según informó esta semana Nació Digital. Durante los últimos meses, sin embargo, su salud se había deteriorado gravemente y a los problemas cardiacos que arrastraba, se le sumaban episodios de alzheimer. Las indulgencias para enfermos ancianos y terminales, medidas humanitarias previstas en la ley, no fueron aplicadas en su caso. Todas las instancias las obviaron solemnemente…”


Un artículo digno de leerse.












Carta de Nieves a la Consellera de Justicia:
Nieves Hernández Diez
C/ Gral. Palafox, nº 37 bajos 3ª
Castelldefels- 08860
Barcelona
Sra. D.ª Pilar Fernández Bozal
Consellera de Justicia de Catalunya
Castelldefels, a 23 de Febrero de 2011
Apreciada Sra.:
Soy la pareja sentimental de una persona de 73 años, interna desde hace 17 meses en el Centro Penitenciario Lledoners y además, por haber pagado siempre mis impuestos, contribuyente.
Con esas dos premisas me dirijo a Ud. ya que no entiendo como puede haber situaciones que en mi opinión son absurdas y despilfarradoras.
1º absurdo: El interno Luís Dalmau Albert está cumpliendo condena por un supuesto delito (aún el Tribunal Constitucional no se ha pronunciado) contra la Hacienda Publica de hace 16 años. No es lo mismo cumplir condena a los 50 años que a los 70.
2º absurdo: Dicho Sr. entre las múltiples enfermedades diagnosticadas por el médico del Centro y el médico del Hospital Penitenciario de Terrassa está la de un deterioro cognitivo tipo Alzheimer. Me pregunto que tipo de reinserción social y reeducación se le puede aplicar a una persona con demencia senil. Tengo que decirle que le tienen castigado con la clasificación de la letra más baja para que no pueda ir al cine, o cualquier acto social dentro del Centro por no hacer actividades, tales como estudiar ingles, informática etc. etc.
3º absurdo: Lleva más de 3 meses en el Hospital Penitenciario de Terrassa con un intervalo de 20 días que estuvo en el C.P. En mi opinión; como por la salud tan precaria que tiene, es arriesgado tenerlo en el Centro. (Ha estado dos veces muy grave, apunto de morir), lo mantienen en el Hospital, aunque en estos momentos esté estabilizado. Me pregunto por qué no hay nadie consecuente con la situación y lo mandan a casa como es lo lógico.
Todo esto, de momento, a los contribuyentes nos está costando solo la estancia en el Centro Penitenciario más 40.000€ (según las cuentas de La Generalitat, un interno cuesta 89€ diarios), más el coste que supone todos los traslados a centros de siquiatría y hospitales con coche y escolta de Mossos, más la estancia en el Hospital. Todo este despilfarro de dinero, ni la veo el sentido, ni le veo el beneficio para la sociedad, a no ser que lo que se quiera conseguir sea una condena a muerte solapada, si eso fuera así, no estaríamos en un Estado de Derecho
Esperando que sea una persona coherente y buena gestora de los fondos públicos, le deseo una larga estancia en su nuevo cargo.
Atentamente



Y otro artículo para releerse…

NANDO GARCIA
EL MUNDO 30/9/2007

BARCELONA.- La directora de la cárcel de Brians -situada en la barcelonesa localidad de Sant Esteve Sesrovires- ha otorgado un nuevo régimen de salidas al abogado Juan Piqué Vidal, condenado a siete años de cárcel por el denominado caso Estevill por razones humanitarias y bajo la condición de que acuda cuatro días a la semana a repartir comida a un centro de acogida, denominado Itaca y situado en la capital catalana.
Según explicaron fuentes penitenciarias a EL MUNDO, la directora Sílvia Serra ha desoído una resolución del juzgado de vigilancia penitenciaria que revocaba este nuevo privilegio concedido al que fuera letrado del ex presidente de la Generalitat Jordi Pujol.
Después de la retirada a principios de año de la modalidad de vida recogida en el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario -conocido como tercer grado encubierto, ya que permite a internos que no reúnen las condiciones para ser clasificados en ese grado ir al centro sólo a dormir-, la Junta de Tratamiento de Brians le volvió a aplicar con fecha de 26 de abril este artículo con efectos de el 4 mayo de 2007. Entre el 16 de junio y el 3 de julio, el abogado disfrutó de salidas laborales todos los martes de 9.00 horas a 20.30 horas, y los viernes, sábados y domingos de 11.00 horas a 20.30 horas.
A partir del 6 de julio, las salidas dejaron de ser por motivos laborables para ser por razones humanitarias debido al delicado estado de salud de su hija, que murió días después. De hecho, el 21 de julio se le concedió un permiso para acudir al sepelio.Sin embargo, desde el día 22, Piqué Vidal siguió manteniendo el mismo régimen de salidas. Cuatro días después, la Junta de Tratamiento de Brians mantuvo los horarios de salida del artículo del 100.2 del Reglamento Penitenciario, pero cambió el motivo de las salidas por razones humanitarias para que acudiera a Itaca sin más explicaciones.
El 3 de septiembre, se comunicó a la directora la resolución del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 2 de Barcelona en el que se le deniegan estas salidas. No obstante, la resolución no se ha ejecutado porque aún no era firme. Fuentes penitenciarias explicaron que «pese a que la mayoría de profesionales implicados, e, incluso, otros miembros del equipo directivo expresaron la convicción de que esa resolución obligaba a suspender las salidas de Piqué Vidal del artículo 100.2», la dirección del centro ha seguido manteniendo este régimen de vida al abogado. Actualmente, Piqué Vidal tiene aprobadas las salidas de todo el mes de septiembre.
Esta no es, ni mucho menos, la primera vez que este abogado -condenado por delitos de cohecho, prevaricación y detención ilegal, amén de deslealtad profesional- consigue salir de prisión desde que fue condenado en enero de 2005 por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC). En noviembre de 2006 y antes de que el prestigioso letrado hubiera permanecido dos meses y medio en prisión, el Departament de Justícia le autorizó a salir a la calle durante el día en base a este artículo 100.2. Esta decisión generó mucha polémica y el fiscal reclamó que fuera revocada, lo que efectivamente fue admitido por la titular del juzgado de vigilancia penitenciaria número 2 de Cataluña.
Tras esta decisión, Justícia rectificó y en enero de este año se le retiró la posibilidad de salir de prisión, a pesar de que los abogados de Juan Piqué Vidal recurrieron la resolución de la juez. Sin embargo, los representantes legales del letrado no se dieron por vencidos. En mayo, la juez de vigilancia penitenciaria rechazó una petición para que se le concediera el tercer grado penitenciario, aunque en su resolución, la magistrada admitió lo avanzado de su edad, 73 años, y que es un «delincuente primario socialmente integrado», además de que en su día pagó la responsabilidad civil a la que fue condenado.
Sin embargo, la juez consideró que estos motivos no eran suficientes para dejarlo en libertad, ya que ni siquiera había cumplido una cuarta parte de la pena de cárcel que le fue impuesta. A pesar de esta resolución, la batalla legal prosiguió. Tras nueve meses en prisión, el pasado mes de junio, la justicia desestimó un nuevo recurso de los abogados en el que reclamaban que se le concediera el régimen abierto. No obstante, el pasado 16 de junio le volvieron a aplicar el artículo 100.2.
Precisamente, el centro penitenciario de Brians, en el que está recluido este conocido abogado, lleva varios meses en el punto de mira. Además de las quejas que acumula su directora, Sílvia Serra, de abogados, funcionarios y reclusos, en esta cárcel están ingresados reclusos condenados por delitos relacionados con el terrorismo y, más concretamente, con ETA.
La propia directora otorgó directamente trato de favor a estos internos al impedir a los funcionarios abrir la correspondencia entre dos de estos presos, lo que contraviene la ley. En este centro están ingresados Diego Sánchez Burria, Laura Riera y Purificación Ródenas, que cumplen condena por colaborar con el comando Barcelona de la banda terrorista ETA. A Sánchez Burria se le permitió acudir al parto de su compañera Laura Riera en una decisión sin precedentes.Días después, este diario informó de un documento interno de Justícia en el que se calificaba a los dos reclusos de «presos políticos».
A los tres meses de cárcel ya empezó a salir
BARCELONA.- Será por el buen trabajo de sus abogados, por su avanzada edad -74 años- o porque abonó los 331.500 euros a los que fue condenado en concepto de responsabilidad civil. Lo cierto es que argumentos a parte, Juan Piqué Vidal empezó a beneficiarse del permiso de salida de la prisión antes de que se cumplieran los tres meses de encarcelación, que se produjo el pasado 26 de diciembre.
El 20 de diciembre, salió por primera vez de Brians. En aquella ocasión lo hizo porque colaboraba con Càritas. Fue la Secretaría de Serveis Penitenciaris, Rehabilitació i Justícia Juvenil de la Generalitat la que le concedió esta medida excepcional recogida en el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario después de un informe favorable de la Junta de Tratamiento de este centro.
Lo sorprendente de esta decisión de la Administración catalana es que permitió su salida antes de que el juez de vigilancia penitenciaria se pronunciara sobre la idoneidad del mismo. Sólo unos días después, el fiscal de vigilancia penitenciaria se opuso a la resolución de Justícia bajo el argumento de que la Administración penitenciaria catalana no justificó su decisión de aplicar el artículo 100.2. La legislación establece que esta medida debe fundamentarse en un programa específico de tratamiento para el interno «que de otra forma no puede ser ejecutado». En opinión de la Fiscalía, el Departament de Justícia no había detallado este extremo, y el juez se sumó al criterio del ministerio público.Incluso la consellera de Justícia, Montserrat Tura, se refirió a esta polémica. Aseguró que respeta la decision del juez, pero defendió que «parte de la condena de una persona que se ha enriquecido ilícitamente consista en ayudar a los más desfavorecidos obligatoriamente y a cambio de nada».
Para Miguel Pueyo responsable de UGT, sindicato mayoritario en el sector, «no es extraño que la directora Sílvia Serra, dado su origen social, practique una cierta solidaridad de clase con Piqué Vidal. Lo que ya no parece tan lógico es que un Gobierno de izquierdas esté permitiendo que la forma de cumplimiento de las penas de prisión venga determinada por la clase social a la que pertenece el penado y no intervenga de una vez para acabar con las arbitrariedades de esta directora».

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